El lunes 11 de agosto, el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, encabezó la promulgación de la Ley “Más Mujeres en Directorios”, normativa que busca promover una economía más inclusiva y justa, abordando la baja participación femenina en espacios de incidencia y toma de decisiones.
Actualmente, en Chile, el 54% de los directorios de las grandes empresas están compuestos exclusivamente por hombres. Para revertir esta situación, la ley establece una cuota máxima sugerida del 60% para el género con mayor representación en los directorios de las empresas.
El proyecto, impulsado por la actual administración y aprobado en el Congreso Nacional el pasado 23 de julio, contó con el apoyo de organizaciones de la sociedad civil como Comunidad Mujer, la Red de Mujeres en Alta Dirección (RedMad), el Instituto de Directores de Chile y Chile Mujeres.
La Seremi de Economía, Fomento y Turismo de Atacama, Makarena Arias, valoró la promulgación de esta ley, destacando su relevancia para avanzar hacia una mayor equidad en los espacios de liderazgo: “Esta nueva ley permite que Chile avance con una economía más inclusiva y justa, espacios más diversos son espacios más productivos. Es un paso concreto hacia un país donde las niñas crezcan sabiendo que pueden aspirar y llegar a cualquier espacio de poder. La nueva normativa hará que Chile avance decididamente a una participación más igualitaria en la toma de decisiones de la empresa, lo que no solo tendrá un efecto positivo en el desempeño de la empresa, sino que también un impacto sustantivo en equidad de género en todo nivel de la organización.” agregó la autoridad.
La normativa regulará la composición de los directorios de las sociedades anónimas abiertas y las sociedades anónimas especiales, con una implementación gradual: en los primeros tres años, la sugerencia para las empresas será establecer una cuota de 80%; desde el cuarto año, de 70%; y a partir del séptimo año, de 60% de forma permanente.
La Comisión del Mercado Financiero (CMF) evaluará el cumplimiento a partir de los seis años de la publicación de la ley. Si detecta empresas que no adoptaron la cuota sugerida, podrá aplicarles una cuota obligatoria transitoria por cuatro años; si cumplen, volverán al régimen de cuota sugerida.